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¿Se fue a trabajar al extranjero y no sabe cómo quedó su situación ante el IMSS o qué hacer para preparar su pensión cuando regrese? Nosotros lo asesoramos.


Pensiones de Cesantía y Vejez

Los trámites de pensión son sencillos y se tramitan en su unidad médica, si por alguna razón el IMSS le niega su pensión, la paga mal o considera existe algo ilegal, estaremos a sus órdenes para revisarla y en su caso demandar en los tribunales lo que corresponda.

Requisitos para demanda de pensión. (Si fue negada, cancelada, para ajuste o cambio de régimen)


PENSIONES DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA O VEJEZ. Se tiene derecho a ellas cuando las personas han cotizado al IMSS por más de 10 años (500 cotizaciones) y tienen 60 o 65 años o más. Normalmente el IMSS las niega porque no reconoce conservación de derechos, semanas cotizadas, o no reconoce el último año cotizado o por alguna otra razón.



Bajo la Ley 97 sólo se necesita tener 1250 cotizaciones para el de derecho a la pensión , es común que el instituto no reconozca las semanas cotizadas completas o niegue la aplicación de la Ley 97. Es necesario presentar y tramitar la demanda correspondiente cuando el IMSS niega el otorgamiento en forma administrativa, a veces con el recurso de inconformidad es suficiente.

En términos de la Ley 73 se requieren 500 semanas cotizadas (10 años), tener 60 años de edad, no estar dado de alta en el régimen obligatorio al pedir la pensión, y que sus semanas estén activas, es decir, que se encuentre dentro de su conservación de derechos.

Cualquier problema que se presente puede arreglarse muy probablemente mediante la demanda correspondiente.

REQUISITOS
  • Lista de empresas en que ha trabajado con domicilio. (Aunque ya no estén actualmente en ese domicilio), las fechas en que trabajo y sus puestos. (Si no están todos no hay problema).
  • Todos los documentos del IMSS que tenga. (Credenciales, carnets, altas, bajas, modificaciones de salario, hojas rosas, etc.)
  • Acta de Nacimiento del asegurado en copia certificada.
  • Acta de Matrimonio del Asegurado en copia certificada.
  • Acta de Nacimiento de los hijos en copia certificada si son menores de 16 años o si están entre 16 y 25 años de edad se requieren actas y la constancia de estudios correspondiente.
  • Firmar carta poder y hoja de datos en despacho.
  • Podemos iniciar con copias simples de los documentos pero a más tardar 5 días antes de la primera audiencia debe de llevar al despacho los documentos originales.
DURACIÓN

El tiempo que dura el juicio es de 14 a 22 meses aproximadamente una vez presentada la demanda.

GASTOS Y HONORARIOS

El costo de los gastos para este juicio es de $13,000.00 El pago inicial es de $3,000.00 y 10 mensualidades de $1,000 cada una los primeros 5 días de cada mes.

El pago de los honorarios se realizará al final cuando se cobra ante la Junta el cheque que entrega el IMSS. El porcentaje a pagar es el 50% sobre lo que se obtenga o el que se determine en la hoja de datos y sobre las pensiones que se hubiesen generado durante la tramitación del juicio, las pensiones subsecuentes una vez que esté inscrito ya en la nomina de pensionados pertenecen totalmente al asegurado. Se cobran honorarios sobre lo que se genere por el periodo comprendido desde la presentación de la demanda y hasta la fecha en que logremos inscribir al cliente en la nomina de pensionados.

Recuerde que también podemos reclamar si tuvo un salario arriba de $150.00 diarios en su último año de trabajo, una pensión adicional por accidente o enfermedad de trabajo.

NOTA: LOS ASUNTOS CONTRA EL SEGURO SOCIAL REQUIEREN PACIENCIA, SON TARDADOS DEBIDO A LA CARGA DE TRABAJO DE LAS INSTITUCIONES, LO MÁS IMPORTANTE ES QUE SE RESUELVAN BIEN.
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