PENSIONES DEL IMSS
- ¿Le NEGARON, CANCELARON o PAGARON MAL su pensión de CESANTÍA, VEJEZ, VIUDEZ, INVALIDEZ, ETC.? ¡Nosotros la ganamos!
- ¿Estaba pensionado por Ley 73 y reingresó a laborar pero negaron ajuste?
- ¿IMSS no reconoció última empresa o semanas correctas?
- ¿El banco realizó cargos indebidos a su cuenta y la CONDUSEF no resolvió el problema? Demandamos su devolución
- ¿La última empresa lo registró con salario menor y afectó su pensión?
- ¿Pagaron mal accidente?
- ¿Recibió atención médica incorrecta o tardaron mucho y sufrió secuelas?
- ¿Su esposa falleció y le negaron pensión?
- ¿Es pensionado ISSSTE y sus incrementos anuales están mal? Lo revisamos y demandamos.
- ¿Está en ISSSTE y negaron invalidez o incapacidad?
- ¿Tiene homónimos o duplicidad y no la arregló el IMSS?
- Aparte de su pensión de cesantía, vejez o invalidez, ¿considera una por enfermedad de trabajo?
- Normalmente, si tiene una pension de incapacidad tiene que seguir cotizando para generar la de cesantia, hay que verificarlo.
- ¿No le reconocen su último año laborado, ni la totalidad de sus semanas cotizadas?
- ¿Lo mandaron a cotizar un año?
- ¿Tiene 1250 semanas cotizadas y le negaron su pensión?
- ¿Dejó de cotizar y quiere saber si tiene derecho?
- ¿Trabajó para PEMEX y ahora que se pensionó por Cesantía o Vejez ante el IMSS no le reconocieron ese tiempo cotizado?
- ¿Quiere saber cuánto le dará el IMSS de pensión?
- ¿Le dieron pensión de invalidez temporal por ley 97 y le convenía más definitiva por ley 73?
- Si ya es jubilado del IMSS por cesantía, vejez o por años de servicio ya no tendrá derecho a la pensión de cesantía o vejez de acuerdo a las tesis de la corte.
- ¿No le reconocieron su accidente de trabajo o no sabe si está bien calculada?
- ¿Le piden acreditar invalidez y dependencia económica para otorgarle su pensión de viudez?
- ¿Su esposa(o) falleció, estaba dada de alta y no alcanzó a cotizar un año para reactivar sus semanas?
¿Se fue a trabajar al extranjero y no sabe cómo quedó su situación ante el IMSS o qué hacer para preparar su pensión cuando regrese? Nosotros lo asesoramos.
Si tiene entre 55 y 60 años, calculamos y planeamos su pensión para que obtenga la pensión más alta posible. Con este servicio analizamos su situación ante el IMSS para saber el monto de la pensión que el IMSS le otorgará y lo que habría que hacer para obtener una pensión más alta.
Si ya tiene pensión de Cesantía o Vejez o le faltan años para obtenerla, reclamamos también una pensión adicional por enfermedad o accidente de trabajo.
¿Está próximo a darse de baja de la empresa y no sabe qué pasará con su LIQUIDACIÓN, su PENSIÓN del IMSS y los recursos de su AFORE e INFONAVIT?
Arreglamos problemas de: CURP, homonimia, errores en actas de nacimiento, matrimonio, etc., acreditación de concubinato o dependencia económica en juzgados, unificación de números o cuentas individuales, etc.
PENSIONES DEL ISSSTE
- Si cotizó 15 años al ISSSTE cuando se separó del trabajo y no retiro sus aportaciones, sí tiene derecho a pensión al haber cumplido los 55 años sin tener que esperar los aumentos graduales de edad a que se refiere el artículo decimo transitorio de la Ley del ISSSTE reformada. En su caso, también sus beneficiarios tendrían derecho a la pensión en caso de haber fallecido el trabajador. Podemos reclamar el pago retroactivo de la pensión.
- Si sigue usted vigente, es el momento de reclamar mediante una demanda el que se le realicen los descuentos de la totalidad de sus percepciones y se consideren para el pago de cuotas al ISSSTE, para que cuando usted se pensione se tomen en cuenta esas percepciones para el pago de su pensión y no sólo su salario básico.
- Si usted tiene derecho a una pensión de viudez y le fue negada porque se encuentra actualmente laborando, demandamos y ganamos el pago de esa pensión.
- Si tiene una pensión de viudez y alguna otra por derecho propio y le juntaron las pensiones, para toparlas demandamos y ganamos el pago correcto de cada una de ellas.
- Si le negaron alguna pensión por incompatibilidad, nosotros la ganamos.
- Si ya está pensionado, podemos reclamar el ajuste en el pago de su pensión para que se tome en cuenta la compensación garantizada, quinquenios, o alguna prestación adicional que se encuentre contemplada en su tabulador de salarios.
INFONAVIT
Si tiene problemas con la nueva ley de INFONAVIT, lo asesoramos para la devolución del INFONAVIT 97.
Cancelamos su crédito hipotecario INFONAVIT por invalidez o enfermedad de trabajo.
DESPIDO INJUSTIFICADO
¿DESPEDIDO? ¿Fue despedido o dejó de presentarse a laborar? Cobramos indemnización y prestaciones adeudadas, como horas extras, vacaciones, indemnización, etc.
La asesoría en materia de despidos y liquidaciones no tiene costo.
NEGLIGENCIA MÉDICA
¿Sufrió negligencia médica? Reclamamos indemnización y pago de daños.
COBRO A ASEGURADORAS
Somos especialistas en cobro a Aseguradoras: Seguros de vida, de daños materiales y de gastos médicos.
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