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Devolución de recursos de INFONAVIT 97 o Vivienda Actual

(Para pensionados de 1997 en adelante)


Con motivo de la reforma a la Ley del INFONAVIT del 12 de enero del año 2012, ya es posible que los asegurados que hubiesen obtenido su pensión bajo el Régimen 73 de la Ley y que no hubiesen obtenido algún crédito de vivienda por parte del INFONAVIT, obtengan la totalidad de los recursos precisamente de esta sub-cuenta de Vivienda 97 y que son los recursos que corresponden al trabajador por sus aportaciones al INFONAVIT de julio de 1997 hasta la fecha de su baja.

Recuperamos también sus recursos de SAR 92-97 de IMSS e INFONAVIT si es que su cuenta de AFORE aparece en "0" (ceros) y usted sabe que cotizó al IMSS durante ese tiempo.


Es importante recordar que los recursos de INFONAVIT se encuentran divididos en tres etapas y que son las siguientes:
  • Los recursos de 1972 a 1992 son los que el INFONAVIT conoce como fondo de ahorro y se entregan directamente a los asegurados por parte del INFONAVIT previa la solicitud correspondiente. Si tiene más de 50 años, y más de 4 meses sin trabajar, dicha devolución se puede solicitar y la hace directamente el INFONAVIT.

  • Si ya es pensionado le entregaran el doble de los recursos que haya acumulado. Hay que recordar que esos recursos no generaron ningún tipo de interés o rendimiento por lo que si se solicitan antes de ser pensionado solo le cubrirán lo que haya aportado debiendo tomar en cuenta que en enero del 1994 en adelante a la moneda se le quitaron tres ceros por lo que esos recursos en forma normal son cantidades pequeñas.

  • De los recursos aportados de 1992 a junio del 97, el dinero se tiene en las cuentas denominadas SAR 92-97 y son del IMSS e INFONAVIT, esas cantidades se entregan al asegurado sin mayor problema una vez que tenga su resolución de pensión y acuda a su afore para el trámite correspondiente.

Con la nueva reforma a la ley del INFONAVIT los nuevos pensionados, previa su solicitud en su AFORE o al INFONAVIT por teléfono o vía Internet, pueden obtener la devolución de sus recursos de Vivienda 97 que son sus aportaciones al INFONAVIT de julio del 97 a la fecha de su baja.

El problema subsiste todavía para todas aquellas personas que se pensionaron bajo la Ley 73 y que hasta antes del decreto de enero del 2012 no realizaron ningún tipo de juicio para la devolución de sus recursos, al parecer dicho dinero se les devolverá a partir del año 2013 cuando ya se tengan los recursos correspondientes pero las solicitudes deberán de realizarse por conducto del INFONAVIT, hay que estar al pendiente de cuando abren el trámite de solicitudes.

Si con todo y la reforma publicada no les entregaran sus recursos de Vivienda 97 porque haya fallecido el asegurado titular de la cuenta o que no entreguen la totalidad de los recursos o que exista una negativa en devolverlos, seguiremos a sus órdenes para la tramitación de los juicios correspondientes que tienen un costo de $3,000.00 de gastos más el 20% de lo que se obtenga de devolución de recursos al final del juicio o tramite que se realice.

Por lo que se refiere a los trámites de devolución de recursos y que requieren el nombramiento de beneficiarios por fallecimiento del titular de la cuenta, los gastos del juicio serán de $3,000.00 ya que hay necesidad de realizar todo el procedimiento legal incluyendo la publicación de convocatorias.

REQUISITOS
  • Resolución de Pensión del IMSS.
  • Copia de identificación.
  • Original del estado de cuenta de la AFORE donde estén registrados recursos en cuenta individual de vivienda 97. (Aunque no sea el último).
  • Firmar carta poder y hoja de datos en despacho.
  • Nombre y domicilio de la última empresa en la que laboró el trabajador. (Si tiene hoja rosa proporcionarla).
  • Tratándose de viudas(os) o concubinas(os) además deberán presentar los siguientes documentos:
    • Acta de Matrimonio en copia certificada.
    • Acta de defunción en copia certificada.
  • Para concubinato, necesitaríamos también 3 testigos con nombre y domicilio.
  • Podemos iniciar con copias simples de los documentos pero a más tardar 5 días antes de la primera audiencia debe de llevar al despacho los documentos originales.
DURACIÓN

El trámite tarda de 14 a 20 meses, si tiene más de 15 días que le entregaron su resolución de pensión (1 mes, 1 año, 6 años, etc.).

GASTOS Y HONORARIOS

El pago de los honorarios se realizará al final cuando se cobra ante la Junta el cheque que entrega la AFORE. Al final del juicio cobramos el 20% del monto total de lo que se recupere de la AFORE.

Los gastos que se cubren al inicio en este tipo de juicios de recuperación de recursos de INFONAVIT 97 o de cesantía y vejez si se pensionó por invalidez es de $3,000.00 para asuntos del D.F. y del Estado de México y para trámites en cualquier otra parte de la República los gastos son de $3,600.00

NOTA: LOS ASUNTOS CONTRA EL SEGURO SOCIAL REQUIEREN PACIENCIA, SON TARDADOS DEBIDO A LA CARGA DE TRABAJO DE LAS INSTITUCIONES, LO MÁS IMPORTANTE ES QUE SE RESUELVAN BIEN.
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